Ya sabes que, además de expertos en pavimentos deportivos interiores, lo somos en la instalación de puertas cortafuego. En un post anterior vimos de forma somera algo acerca de la normativa que rige su instalación. En este, queremos profundizar y ver qué norma es exactamente la que nos interesa y a la que por lo tanto hemos de atender en nuestro día a día profesional.
El 1 de septiembre de 2016 comenzaba el período de coexistencia para el marcado CE de Puertas Cortafuegos según la norma EN 16034. Desde ese momento, los fabricantes de puertas y las entidades relacionadas con la construcción tenían 3 años de plazo para adaptarse a este marco normativo. La meta es que, a partir de septiembre de 2019, todas las puertas cortafuegos instaladas en la Unión Europea tengan el marcado CE, cumpliendo así con el Reglamento de Productos de la Construcción.
Por su parte, la norma EN 16034 establece los requisitos de instalación, uso y mantenimiento de elementos resistentes al fuego destinados al cerramiento de huecos. La UNE 23740 se aplica a las puertas clasificadas como resistentes al fuego con independencia de su uso, de su configuración, de su modo de funcionamiento o del material de que estén construidas.
No hay que olvidar que las puertas cortafuego son parte indispensable de la estrategia de protección contra incendios de un edificio. Su misión no es otra que impedir la propagación del fuego de un sector de incendio del edificio a otro durante cierto tiempo. Por eso, en Revestimientos para el Futuro insistimos en que el tema del diseño es primordial, así como la adecuada instalación y mantenimiento.
El principal objetivo del marcado CE de un producto es declarar la conformidad del producto con todos los requisitos comunitarios impuestos al fabricante por las Directivas Europeas. Este marcado garantiza la libre circulación de todos los productos de construcción en la UE. Eso sí, debe comprobarse que el producto cumple con los requisitos del lugar de utilización, como por ejemplo el Código Técnico de la Edificación que rige en España desde 2006. En definitiva, no se refiere a ninguna calidad extra sino a que determinado producto, en este caso puertas cortafuego, cumple con unos requisitos mínimos relacionados con la seguridad.
¡Muy buen artículo Rfuturo! Nosotros como especialistas en Marcado CE corroboramos la información que estáis aportando a vuestros clientes. Además, hay otros inconvenientes a tener en cuenta que se deriva de no tener el Marcado CE.
Entre otros:
El Marcado CE es un certificado que garantiza calidad y seguridad para el consumidor.
Una puerta cortafuego que no cuente con Marcado CE no será empleada como elemento en obras, construcciones y grandes proyectos.
Ninguna empresa aseguradora se hará cargo de los daños causados por una puerta que no cumpla la normativa.
¡Enhorabuena por esta información y gracias por la advertencia al consumidor!
¡Gracias por tu comentario! Un saludo.